Guevara alega que reforma a un acuerdo de divorcio certifica que no era accionista de empresa en el extranjero
La Fiscalía acusa que Otto Guevara dio información falsa en declaraciones juradas y no reportó ante la Contraloría que era director y accionista de la sociedad AS-LAT Trading Corporation cuando fue diputado en el período 2014-2018.
La empresa operaba en Islas Vírgenes Británicas y fue constituida por Guevara en el 2011.
El exdiputado y actual aspirante al Congreso por el partido Unión Liberal, sostiene que seis meses antes de asumir el cargo en el Congreso traspasó las acciones a Nancy Clark, su exesposa y madre de sus tres hijos. Por esa razón, considera que no debía declararlas como parte de su patrimonio.
Para acreditar esa versión, presentó un documento denominado: Reforma a acuerdo de divorcio. El texto tiene fecha del 1 de noviembre del 2013 y está firmado por él y Clark.
El documento, que se hizo público en el juicio que se realiza en Tribunales de Goicoechea, dice que la expareja acordó modificar los términos de su divorcio aprobado el 8 de noviembre del 2004 mediante una sentencia del Juzgado de Familia de Heredia.
Uno de los puntos habla de “incorporar el traspaso y cesión de las acciones que posee Otto Guevara en la sociedad inscrita en Islas Vírgenes Británicas, denominada AS-LAT Trading Corporation a nombre de Nancy Clark”.
A su vez, se anota el compromiso de que ella, al adquirirlas, las cedería a sus hijos cuando los tres cumplieran la mayoría de edad.
La defensa de Guevara llevó este jueves un testigo-perito para comparecer en el debate.
Se trata del abogado y notario, Jaime Barrantes Gamboa, quien aseguró que tras estudiar el documento y el caso, considera válido el traspaso de las acciones aunque este no se inscribió ni se hizo constar ante la compañía.
Guevara declaró en el juicio que, por la buena relación que tenía con su exesposa en ese momento, ella decidió mantenerlo únicamente como director de la empresa aunque ya no poseía acciones.
Barrantes aseguró que “el negocio jurídico” que Guevara y Clark realizaron, fue una transmisión de acciones que “no se puede enmarcar en una compra venta”.
“Es gratuito, no tiene monto, no le aplican las reglas de la donación civil. Simplemente es la intención de las partes, con un acuerdo de voluntades debidamente manifestadas de aceptación, en una transmisión de acciones”, expresó.
Con base en las explicaciones de Barrantes y al interrogatorio que le hicieron la Fiscalía y la Procuraduría se puede inferir que el documento para modificar el divorcio no fue presentado ante ningún despacho judicial sino que se trata de un acuerdo privado entre las partes.
Según el perito, el documento no pretende pasar sobre la sentencia del Juzgado de Familia del 2004, sino que se trata de un negocio nuevo que quedó plasmado en el texto que le sometieron a estudio.
La manifestación de voluntad en ese sentido es eliminar algunos puntos y donde dice incorporar, es agregar un traspaso de acciones, es decir, no es que lo modifica ni lo reforma, sino que hacen un nuevo negocio a partir de ese momento”, expresó.
La modificación del acuerdo de divorcio elimina la obligación del traspaso de una acción en un alojamiento de playa e incorporaba la obligación para Otto Guevara de comprar un vehículo para cada uno de sus hijos cuando cumplieran 19 años de edad.
“Cada vehículo tendrá un valor aproximado de veinticinco mil dólares ($25.000)”, consta el acuerdo.
Cuestionamientos
El fiscal José Pablo Miranda consultó al perito si al tratarse de un proceso de divorcio, con menores de por medio, se requiere que un juez de la República controle los acuerdos de divorcio.
Barrantes respondió que sí se requiere cuando afecta los derechos de los menores, pero alegó que este no es el caso.
“En ningún momento, así lo entiendo yo, (el documento) está diciendo que para beneficio de los derechos alimentarios o para beneficio de los menores tenga aplicación este negocio jurídico”, añadió.
Barrantes aseveró que del texto se desprende que la voluntad de ceder las acciones a los hijos cuando todos sean mayores de edad es decisión de la madre como adquiriente y no de Guevara.
El representante de la Procuraduría, Federico Quesada preguntó al perito si una resolución judicial que contiene obligaciones derivadas por un acuerdo por mutuo consentimiento, “puede ser modificado, nueves años después por un contrato privado”.
Barrantes respondió que hay dos puntos del documento “que sí pueden tener vinculación con ese acuerdo (la sentencia de divorcio)”. Ambos están relacionados con la eliminación de obligaciones.
Sin embargo, insistió en que el traspaso de las acciones de la empresa en Islas Vírgenes Británicas consiste en un acto nuevo e independiente convenido entre Guevara y Clark.
“En ningún momento están diciendo que se va a agregar al convenio de divorcio y se van a ir a la vía judicial a pedir, ya por la vía de la acción respectiva o ante el juez de familia a decir ‘apruébeme esto’”, argumentó.
“Es un negocio donde ya las dos partes son divorciadas y un señor, le transmite a una señora unas acciones que tiene una compañía. Es un acuerdo que se tomó independiente”, concluyó.
Una de las polémicas de la jornada se dio cuando el fiscal Miranda consultó a Barrantes cuánto cobró a Guevara por hacer el peritaje.
Federico Campos, defensor del exdiputado se opuso a la pregunta al considerar que el tema era irrelevante y del ámbito privado del profesional.
Al final, el juez Freddy Calderón autorizó la pregunta y el perito respondió que sus honorarios son de $1.000 más el IVA.