Autobuses podrán llevar 10 pasajeros de pie en rutas urbanas que no excedan 20 kilómetros
A partir de este lunes 15 de febrero algunas empresas autobuseras podrán llevar hasta un máximo de 10 pasajeros de pie únicamente en servicios de zona urbana, es decir, en aquellas rutas cuyos recorridos no excedan los 20 kilómetros por sentido.
El Ministerio de Salud y el Consejo de Transporte Público (CTP) aprobaron el protocolo para que esto se lleve a cabo.
Esta posibilidad aplicará en las llamadas «horas pico» que es cuando se da un mayor flujo de personas; de tal forma que en las mañanas será entre las 4:00 a.m. y 9:00 a.m. y en las tardes entre las 3:00 p.m. y 8:00 p.m.
Otro aspecto que indica el protocolo es que se permitirá realizar el traslado de esta manera únicamente cuando las condiciones del tiempo lo permitan, pues se debe viajar con las ventanas abiertas; es decir cuando entre la época lluviosa se suspenderá la autorización.
Todas las personas deben ir con mascarilla, sin hablar y sin ingerir alimentos. Además, los pasillos en el bus deben estar demarcados con los espacios para ir de pie, con distancias de no menos de 90 centímetros.