Coronavirus COVID-19

¿Cuáles establecimientos sí podrán seguir abiertos después de las 8 de la noche?

El Ministerio de Salud ordenó que todos los establecimientos con permiso sanitario clasificados como sitios de reunión pública, deberán permanecer cerrados los días viernes, sábado y domingo a partir de las 8 de la noche y hasta las 5 de la mañana.

Sin embargo, hay excepciones. ¿Cuáles son? A continuación la lista.

Los servicios a domicilio.

Las instituciones que por la naturaleza de sus funciones deben permanecer abiertas como los servicios de migración, aduanas, fitosanitario del Estado, puestos fronterizos terrestres, marítimos y aéreos.

Los establecimientos de salud públicos y privados (clínicas, farmacias, hospitales, laboratorios, consultorios, servicios de radiodiagnósticos, servicios de emergencias, entre otros), debido a que estos cuentan con certificados de habilitación, y no con permisos sanitarios de funcionamiento.

Funerarias, al no ser sitios de reunión pública.

Supermercados, abastecedores y pulperías.

Todos aquellos otros establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento que no brinden atención al público presencial.

 

 

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