Estas son las razones por las que condenaron a un guarda por el crimen de una turista venezolana
Este es un resumen de los principales elementos que un Tribunal de Pavas consideró para sentenciar a 16 años de prisión al guarda de Villas Le Mas en Escazú por el asesinato de la turista venezolana Carla Stefaniak en noviembre del 2018.
La mujer murió debido a una ataque con arma blanca. Su cuerpo apareció en una zona verde de la propiedad que era de difícil acceso.
El juez Eduardo Rojas, fue quien hizo la argumentación una vez dictada la sentencia contra Bismark Espinoza Martínez, de 33 años. Los otros dos jueces que integraron el Tribunal fueron
Una mentira
El primer indicio de que el sujeto tenía que ver con el crimen, fue que dijo que la turista se había marchado de las villas en un vehículo de Uber cuando en realidad ella nunca salió y su cuerpo sin vida estaba en la propiedad.
Testimonio clave
Una mujer de apellido González, que trabajaba en limpieza en las villas, hizo referencia en el juicio a una llamada telefónica que inculpaba al guarda.
Ella contó que estaba con la madre del sospechoso cuando a la señora le entró una llamada de nicaragua. En la comunicación, la pareja del sujeto presuntamente le dijo que él le había confesado el crimen.
Para el tribunal, el testimonio de la trabajadora de las villas fue totalmente creíble. esto a pesar de que el defensor del imputado descalificó la prueba y la comparó con «teléfono chocho».
Historia sin sentido
El juez Eduardo Rojas, recordó otro episodio que hacía dudar del guarda. durante los días en los que se investigaba el suceso de la turista, el sujeto tuvo una conversación con una persona allegada a la que le contó una historia muy extraña.
Le dijo que estaba preocupado porque accidentalmente había herido de bala a una persona en las villas. nunca hubo registros de un hecho así.
El Tribunal consideró que el sujeto inventó esa historia para ocultar la verdadera razón por la cual estaba estresado o en problemas.
Indicios conducían hacia él
Aunque no se encontró el arma homicida ni había rastros físicos en el cuerpo del imputado, los jueces fueron atando cabos, analizaron cada uno de los indicios y la conducta del guarda después del crimen.
Además de la condena penal, el guarda y los dueños de las villas fueron condenados al pago de 30 millones de colones por el daño moral ocasionado al padre, Carlos Caicedo.
Esto pese a que los abogados del venezolano pidieron 175 millones por daño moral y 665 millones por daño económico.
El juez explicó que el daño económico no se pudo demostrar con pruebas y que en el caso del daño moral solo el padre estaba legitimado para reclamarlo.
Por ser un daño de carácter personal, el resto de los familiares debían proceder por su cuenta o delegar formalmente su representación en un tercero.
Los dueños de las villas dijeron en el juicio que el guarda no trabajaba para ellos directamente sino que era empleado de una empresa de seguridad. Sin embargo, admitieron que le permitían vivir en las villas a cambio de que hiciera tareas de limpieza y mantenimiento.
Esto hizo que el tribunal considerara que el hospedaje sí tenía una responsabilidad civil.
En nuestra página www. serveltejareno.com y en el perfil de Facebook de Noticias Columbia podrá encontrar el video con la transmisión completa de la sentencia.