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Magistrados condenan al Tránsito y Ministerio de Seguridad por inacción en bloqueos

La Sala Constitucional declaró con lugar dos recursos de Habeas Corpus, presentados, de manera separada, en contra de la Policía de Tránsito y el Ministerio de Seguridad, por los bloqueos de junio y julio pasados, en las rutas 32 y la Interamericana Sur.

Con el voto de 6 magistrados contra 1, la Sala considera que las autoridades debieron tomar medidas “proporcionales y efectivas” en contra del impedimento al libre tránsito que efectuaron traileros y estudiantes contra el gobierno.

El fallo del tribunal se apoya en jurisprudencia que establece que el derecho a manifestarse “encuentra una limitación en los derechos fundamentales de las otras personas,” dice el comunicado de prensa.

“Entre mayor es la afectación a terceros, mayor es la necesidad de una regulación o intervención efectiva,” agrega la Sala.

En el fallo se califican los bloqueos como una “afectación grave,” que lesiona los derechos e intereses de terceros, como “ Salud, trabajo, comercio, recreación, ambiente sano, entre otros.”

Los magistrados califican las rutas 32 y la número dos como arterias viales indispensables para el pais, independientemente de que existan rutas alternas.

Se concluye con este fallo, que los estudiantes y transportistas se “excedieron en su derecho a manifestarse y de reunión,” y que las autoridades debieron tomar medidas “proporcionales y efectivas.” El Estado fue condenado a pagar los daños y perjuicios causados.

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El Ministerio de Seguridad utilizó la fuerza el 2 de julio para levantar bloqueos en Pérez Zeledón y Liverpool de Limón. 

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