Nueva directriz: la información que debe contener la carta para transitar en restricción
Nuevo formato será exigido desde el miércoles a las 5pm, informó el gobierno.
El gobierno informó que a partir del próximo miércoles a las 5 de la tarde, se exigirá una serie de información en la carta que extienden los patronos para que sus trabajadores puedan movilizarse durante las horas de restricción sanitaria.
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El decreto ejecutivo establece los siguientes datos que deben ser incluidos para cumplir la excepción:
a)El nombre de la persona trabajadora.
b) El número del documento correspondiente de identidad.
c) El horario de trabajo de la persona trabajadora.
d) El domicilio de la persona trabajadora.
e) El nombre de la empresa o la institución en la cual labora la persona trabajadora.
f) La ubicación de la empresa o institución en la cual labora la persona.
g) La excepción invocada
h) El número de placa del vehículo en el cual requiere movilizarse la persona trabajadora.
i) Firma de la persona encargada de emitir o de dar validez a la constancia laboral.
j) En caso de que la persona trabajadora requiera trasladarse con el apoyo de otra persona, la constancia laboral deberá consignar los datos de esa segunda persona, sean nombre y documento de identidad
Este es el formato propuesto por las autoridades:
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Las excepciones conocidas se aplicarán para la restricción de día que será por número de placa desde las 5am a las 7pm y la nocturna, que es para todo vehículo, desde las 7pm.