¿Qué son los ‘Cabys’? Contribuyentes deberán utilizarlos en comprobantes electrónicos partir de diciembre
Los ‘Cabys’ se refieren al Catálogo de bienes y servicios que estandariza el detalle del bien o servicio que se tranza. A partir del 1 de diciembre del 2020, los obligados tributarios deberán incluir los llamados códigos “Cabys” en los comprobantes electrónicos.
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Noticias Columbia conversó con Álvaro Retana, gerente general del sistema de facturación “GTI», para entender mejor cómo funciona esta iniciativa del Banco Central y el Ministerio de Hacienda.
“Vea que ya queda nada más mes y medio para estar listos con los códigos Cabys. Muchos de los sistemas de facturación, incluído el nuestro (GTI) y el de Hacienda ya están listos para poder trabajar con esos códigos,” explicó.
“El consejo es no lo dejemos para el último minuto porque no podríamos hacer facturas si no tenemos los códigos Cabys,” agregó.
Retana asegura que esto no es tan complicado porque a cada actividad económica le corresponden pocos códigos de los más de 20.000 que contempla el catálogo.
El experto en materia fiscal reiteró el aviso de que hoy les toca la declaración y el pago de impuestos a tres grandes grupos de obligados tributarios.
Este incluye a más de 400.000 contribuyentes que les toca pagar el impuesta al valor agregado (IVA).
“Todos los que emiten factura electrónica, los que están activados con facturación electrónica, les toca el día de hoy la declaración y el pago,” explicó.
Otro grupo es el del régimen simplificado de tributación que incluye a más de 60.000 comercios como pulperías, bares, sodas y restaurantes. A estos les toca procesar la declaración trimestral en base a las compras. De manera que deben realizar tanto la declaración del IVA como la de renta trimestral.
El tercer gran grupo es el de contribuyentes que alquilan viviendas. Deben declarar y pagar el IVA así como el impuesto de renta de bienes de capital.
Retana también se refirió al cambio que realizó Hacienda en cuanto al cierre del año fiscal. En años anteriores este cerraba en setiembre pero ahora fue pasado para el 31 de diciembre y se cuenta con dos meses para presentar la declaración. De manera que no podría pasar del 1 de marzo.
“Sí, este va a ser un cierre fiscal más complicado que lo corriente, primero porque tenemos 15 meses, no 12 meses como siempre, sino, se nos acumulan 3 meses más ya que no se cierra en septiembre sino en diciembre. Y esos 15 meses involucran algunos meses donde, si nos acordamos, hubo un IVA que no se pagó en los meses que correspondía. Sino, se dio una ayuda donde ese IVA podía pagarse hasta el mes de diciembre,” indicó.
El experto también mencionó que se ha discutido la posibilidad de permitir solicitudes de readecuación del pago para diciembre.
De manera que el IVA sería ajustado por Hacienda para ser pagado en los seis meses siguientes.
Retana agregó que aún no se sabe si se utilizará el mismo formulario de impuesto de la renta o si se producirá uno más sofisticado que divida la renta por actividad económica y por tasa de impuesto.