Hacienda intenta controlar exportación de productos quirúrgicos
La meta es evitar un posible desabastecimiento de productos de uso quirúrgico necesarios para atender la emergencia por el COVID-19.
El Servicio Nacional de Aduanas firmó una directriz para controlar la exportación o reexportación de implementos médicos, entre ellos los siguientes:
- Gorros desechables
- Lentes de seguridad
- Botas descartables
- Respirador N95 o FFP2
- Mascarillas quirúrgicas descartables
- Batas con impermeabilidad nivel 2 descartables
- Guantes
- Sistemas para pruebas de PCR para la detección de patógenos de muestras biológicas sin previo tratamiento manual (Virus respiratorios)
- Hisopos de dacrón.
Las autoridades de Salud podrán ampliar esta lista conforme a los requerimientos de atención de la emergencia.
El Servicio Nacional de Aduanas formuló la directriz con base en la Declaración de Emergencia Nacional de la Presidencia de la República que otorga a la Administración Pública la potestad de aplicar medidas extraordinarias de excepción.
Desde este 18 de marzo y hasta que finalice la emergencia, la medida es de acatamiento obligatorio para todos los funcionarios aduaneros, auxiliares de la función pública aduanera, importadores y exportadores.