Rectoría de MIDEPLAN en empleo público es inconstitucional para entidades con autonomía
Al filo de la medianoche de este sábado, los magistrados de la Sala Constitucional dieron a conocer la resolución sobre las consultas realizadas por los diputados, en torno a la ley de Empleo Público aprobada en primer debate.
Se analizaron cuatro consultas presentadas y se rechazó la enviada por la Corte Plena del Poder Judicial.
El principal vicio constitucional encontrado por la Sala es sobre la rectoría del Ministerio de Planificación en las directrices de empleo público para las entidades que gozan de autonomía, entre ellas universidades, Poder Judicial, Tribunal de Elecciones y Caja Costarricense de Seguro Social.
El presidente de la Sala Constitucional, Fernando Castillo, explica que con esa rectoría se irrespeta la división de poderes y el principio de autonomía.
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Los magistrados no encontraron vicios en el procedimiento legislativo y tampoco encontraron roces con la Constitución en elementos esenciales del proyecto como la necesidad de una ley marco, el salario global para los funcionarios públicos y colocar un tope a las remuneraciones de los funcionarios universitarios.
En este punto, el magistrado Castillo aclara que la consulta no incluyó a otros funcionarios, por lo que la Sala no se pronuncia al respecto.
También se resuelve que es posible poner tope y ajustar las convenciones colectivas, siempre que se mantengan principios de racionalidad y proporcionalidad.
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La resolución debe ser comunicada a la Asamblea Legislativa para los cambios pertinentes antes de continuar el trámite de aprobación.