Tránsito debe asegurar que conciliaciones en accidentes incluyan a todos los involucrados
Foto con fines ilustrativos
La Sala Primera ratificó una sentencia contra el Estado y dos Policías de Tránsito quienes deben indemnizar a un taxista que resultó herido en un accidente pero luego no se tomó en cuenta su parecer para realizar una conciliación.
Este caso pone de manifiesto la obligatoriedad que tienen los oficiales de Tránsito de asegurarse que en las conciliaciones o arreglos entre las partes se considere a todos los involucrados en la situación.
El fallo estableció que, en forma solidaria, el Estado y los policías de tránsito deben pagar ٕ¢5 millones por concepto de daño moral subjetivo a favor del afectado.
La sentencia en primera instancia la había dictado el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda. Posteriormente el asunto se elevó a la Sala Primera donde recientemente se ratificó la condenatoria.
Detalles del caso
Los hechos se remontan a abril del 2011 en los alrededores de Desamparados de Alajuela. El taxi que conducía el demandante fue colisionado por una microbús. Debido al impacto y las lesiones fue trasladado de emergencia al hospital.
Según la sentencia del caso, los oficiales de tránsito consignaron que en el lugar del accidente los propietarios de la buseta y del taxi llegaron a un acuerdo extrajudicial.
Se estableció que omitieron la elaboración del parte, las boletas de citación, el croquis, la realización de la alcoholemia, la identificación de los conductores y la visita en el hospital al conductor herido para verificar su estado de salud.
Para la Sala Primera, los oficiales «no podían optar por no confeccionar la documentación que establece la ley argumentando que los dueños registrales de la microbús y del taxi involucrados en el accidente, aceptaron conciliar, máxime que uno de los conductores tuvo que ser trasladado a un centro médico con una seria lesión, situación que podría traer implicaciones civiles e incluso penales».
«El actor pudo haber aceptado o declinado conciliar, sin embargo, no fue consultado al respecto y ello le generó indefensión, porque a priori se le negó su derecho a contar con los documentos oficiales y a seguirse el trámite de ley», detalló la Sala.
Por esta razón, el taxista solicitó el pago de daños y perjuicios por el incumplimiento de deberes de los dos funcionarios públicos.