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Traslado de animales por emergencia es excepción a restricción vehicular sanitaria

Llevar a un animal a atención médica por emergencia es una excepción a la restricción vehicular sanitaria desde agosto del 2020.

Así lo recordó Presidencia ante la duda del Colegio de Veterinarios, desde donde aseguran que las actuales excepciones no contemplan esta posibilidad según lo explica la presidenta de la agrupación, la Dra. Silvia Coto.

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El presidente de la Comisión Nacional de Emergencias, Alexander Solís, aclaró este aspecto en la conferencia de este viernes y recordó que ante cualquier emergencia de salud, de una persona o animal se puede circular inclusive en el día que se tiene restricción.

El jerarca aclaró que lo que no es excepción son citas de rutina.

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Si bien es cierto, el inciso del reglamento* no especifica que el traslado de emergencia sea de personas o animales, Presidencia agrega que los centros veterinarios pueden abrir, por lo tanto se puede acudir en caso de emergencia; no necesariamente el médico especialista debe acudir al lugar donde se encuentre el animal si fuera el caso.

 

*Inciso j: “j)  El vehículo particular que, debido a una emergencia relacionada con la vida o salud, requiera trasladarse a un establecimiento de salud o farmacéutico. Así como con ocasión de una cita médica programada o para asistir a donar sangre al Banco Nacional de Sangre o al hospital respectivo, en ambos casos con el debido comprobante de la cita programada.”

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