Tribunal anula sobreseimiento a Oscar Arias por caso Crucitas
Un Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José anuló el sobreseimiento a favor del expresidente Oscar Arias Sánchez por el caso de la mina Crucitas al declarar con lo lugar los recursos de apelación de la Fiscalía, Procuraduría General de la República y la organización Apreflofas.
La noticia la confirmó el equipo legal de Arias. El abogado Rodolfo Brenes dijo que, según el fallo de este jueves, «la jueza hizo una aplicación incorrecta del artículo 33 del Código Procesal Penal para definir la prescripción, cuando debió haberse fundado en el artículo 62 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito».
«Se anuló el sobreseimiento por un defecto de razonamiento, pero no por el fondo. El Tribunal no se pronunció sobre la prescripción, pues considera que el punto debe ser resuelto por el Juzgado Penal en una nueva audiencia preliminar. Así que el tema jurídico de la prescripción sigue vigente», expresó Brenes.
«Recibimos esta resolución respetuosos de la autoridad judicial, sabiendo que estas incidencias son parte de todo proceso penal. Seguimos creyendo firmemente que no se cometió delito alguno y que, además, los hechos están sobradamente prescritos, lo que no tenemos duda se establecerá oportunamente», añadió.
El sobreseimiento es cuando se da por finalizada la causa judicial por falta de pruebas u otras razones. En este caso, la defensa de Arias sostuvo que la causa había prescrito, es decir, que transcurrió el tiempo en que podía juzgarse.
Tras conocerse la decisión judicial el exdiputado y ambientalista, Edgardo Araya, se refirió al caso.
«¡Que todos los responsables de lo qué pasa hoy en Crucitas rindan cuentas ante la justicia», manifestó.
«Lo que el Tribunal de Apelaciones dijo es que debió aplicarse el artículo 62 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito, que dice que la prescripción se interrumpe con la declaratoria de nulidad y eso no lo analizó la jueza penal. Ahora tienen que analizarlo», agregó.
«A nuestro juicio, si la prescripción fue interrumpida con fallo de Sala I, el asunto no estaría prescrito. Veremos cómo se resuelve», concluyó.