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Las U Públicas aseguran que cumplieron con la Regla Fiscal en el presupuesto 2020

El Consejo Nacional de Rectores (CONARE) se pronunció sobre la decisión de la Contraloría General de la República de no dar trámite a los presupuestos de las universidades estatales y de CONARE para el año 2020 y aclaró varios aspectos.

Las cinco universidades públicas aseguran que la Ley No. 9635 (Fortalecimiento de las Finanzas Públicas) en su Título IV no menciona en ninguna de sus disposiciones en forma expresa a las instituciones de educación superior universitaria estatal. La aplicación de estas normas de rango legal se ha hecho mediante simple interpretación, que además resulta claramente inconstitucional.

La Sala Constitucional ha definido en sus distintos pronunciamientos la naturaleza particular y única que poseen las universidades públicas frente a todas las demás entidades e instituciones existentes en el sector público, razón por la cual las universidades públicas no pueden interpretarse incluidas dentro de ninguna de las categorías genéricas qué se refieren a las instituciones públicas, pues poseen naturaleza claramente distinta, con independencia constitucionalmente garantizada.

CONARE indicó que una de las características de la autonomía universitaria consagrada en el artículo 84 de la Constitución Política, según lo establecido también por la Sala Constitucional implica que las universidades públicas se encuentran fuera del ámbito del Poder Ejecutivo y de su jerarquía, razón por la que sería violatorio de este régimen someter a nuestras universidades públicas a revisión de una instancia de segundo o tercer orden jerárquico de dicho Poder.

Las universidades estatales y el CONARE sostienen que respetan, por decisión propia, con la regla fiscal en los presupuestos para el año 2020, sometidos a aprobación de la Contraloría General de la República oportunamente, lo cual podía ser verificado sin ningún problema por la Contraloría.

El Consejo Nacional de Rectores recordó que se encuentra pendiente de resolución una acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Fortalecimiento de Las Finanzas Públicas en cuanto se pretende aplicar a los presupuestos universitarios.

La autoridad judicial en resolución del 5 de julio del 2019 ordenó suspender la aplicación de los artículos 5, 6, 11, 14. 17, 19 y 26 del Título IV de la Ley No.9635. Esta orden obliga en especial al ente Contralor a no aplicar dichos artículos en el presente caso, pues lo que resuelva en materia presupuestaria no posee recurso alguno convirtiéndolo así en acto final de procedimiento.

Este jueves la Contraloría General de La República comunicó que archivó sin trámite el presupuesto 2020 de las cinco universidades públicas y del Consejo Nacional de Rectores.

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