Lista de servicios que no podrán ir a huelga pasa primer filtro en Asamblea Legislativa
Los diputados de la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa dictaminan afirmativamente el proyecto de ley que define cuáles son los servicios esenciales y por lo tanto imposibilitados para ejercer la huelga.
Esos servicios son la salud, seguridad, comedores escolares, educación pública, suministro de combustibles, atención de poblaciones vulnerables en especial en centros de internamiento, suministro de agua, depósitos y retiros bancarios, telecomunicaciones, control de tráfico aéreo, acceso a la justicia, tránsito, centros penitenciarios y atención de emergencias, incluye el 911.
La diputada liberacionista, Yorleny León fue quien impulsó el proyecto con la idea de garantizar a los costarricenses la continuidad permanente de los servicios.
El proyecto reforma el Código de Trabajo y habilita el arbitraje obligatorio, para que los conflictos económicos laborales puedan ser resueltos.
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Además, se introduce la calificación de servicios de trascendental importancia en el caso de aquellos que por su interrupción y duración, puedan causar amenaza a la vida, salud o vida de las personas.
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La recolección de basura, el control migratorio y aduanero y los procesos electorales municipales y nacionales son dos ejemplos de esta clasificación.
Los diputados aseguran que el derecho a huelga no se está limitando y que no es un derecho que está por encima de otros.