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Sala Cuarta devuelve 188 hectáreas al refugio de vida silvestre Gandoca-Manzanillo


La acción declarada con lugar fue interpuesta por la Asociación de Desarrollo para la Ecología y cubre únicamente los territorios comprendidos en la zona boscosa.

La ley data de marzo del 2014 y modificó los límites de la zona protegida del Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, en el cantón de Talamanca, provincia de Limón.

La asociación reclamó ante los magistrados una reducción del área de protegida sin que existiese una compensación.

Los magistrados acogieron la acción únicamente en lo que respecta a las 188 hectáreas que dispuso la Procuraduría General de la República en sus informes presentados para este caso.

La sentencia ordena al Sistema Nacional de Áreas de Conservación, SINAC, que delimite el área en litigio y que en conjunto con la Procuraduría ejerza las acciones legales correspondientes para defender el patrimonio público.

El presidente interino de la Sala Cuarta, Fernando Castillo, considera que el fallo hace un equilibrio entre la protección del ambiente y una problemática social que existe desde hace décadas.

Con su sentencia, los magistrados dejan a la ley sin efecto para aquellos territorios comprendidos en la zona boscosa de 188 hectáreas cuya delimitación realizará técnica y jurídicamente la Procuraduría y el SINAC máximo en un año.

La declaratoria de inconstitucionalidad tiene efecto declarativo y retroactivo a la fecha de vigencia de la norma, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe.

 

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