Sociedades inactivas deberán inscribirse ante Hacienda, a partir de enero
Las personas que tienen sociedades anónimas inactivas deben cumplir con el registro ante el Ministerio de Hacienda, entre enero y mayo del 2020.
La Dirección de Tributación emitió una resolución que se publicó el 20 de diciembre en el diario oficial La Gaceta.
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El registro debe hacerse por medio de la plataforma ATV por número de cédula jurídica, explica el experto tributario, Francisco Villalobos, de la firma ICS abogados.
El registro será de la siguiente manera, según finalización de cédula jurídica:
Enero: 1 y 2
Febrero: 3 y 4
Marzo: 5 y 6
Abril: 7 y 8
Mayo: 9 y 0
Más adelante, Hacienda podrá a disposición el formulario que deberá llenarse cada año, con el registro de propiedades y bienes, inscritos en cada sociedad.
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La idea de Tributación es mantener un control y fiscalización de las propiedades que están registradas bajo sociedades anónimas. El registro y declaración no contempla el pago de impuestos, ya que estas figuras no tienen actividad comercial.