Ministerio de Trabajo recuerda: 1° de Mayo es feriado de pago obligatorio
Este viernes 1 de mayo es feriado de pago obligatorio, tal y como lo indica el artículo 148 del Código de Trabajo.
De esta forma, todos los trabajadores tienen derecho a disfrutar del feriado y la única forma en que trabaje ese día es a través de un acuerdo con el patrono.
“Si se oponen a trabajar en esa fecha, no pueden ser sancionados por esa causa”, advierte el Ministerio de Trabajo.
“Se exceptúa de esta regla lo establecido en los artículos 150 y 152 del Código de Trabajo”, agregó el comunicado.
Las empresas que cancelan el salario a sus colaboradores de forma semanal, deben pagar los días trabajados durante dicha semana y sumarle un salario sencillo por el 1 de mayo. En caso de trabajar este viernes, deberá pagarse salario doble por este día.
En caso de trabajar horas extra este 1 de mayo, al trabajador se le debe pagar tiempo y medio doble, o sea, pago triple.