Todos los hoteles y museos podrán abrir desde este lunes, además de restaurantes los fines de semana
El Ministro de Salud, Daniel Salas, confirmó la manera en la que el país podrá operar comercialmente, desde este lunes, en la segunda fase de este proceso de apertura, en medio de la pandemia del Covid-19.
Estos son los principales cambios anunciados el viernes, con vigencia desde este 1 de junio:
1. Todos los hoteles, cabinas y alojamientos podrán abrir, pero con capacidad del 50%, todos los días de la semana. (Ya operaban los lugares con menos de 20 habitaciones).
2. Restaurantes, sodas, cafeterías, plazas de comidas, gimnasios y escuelas de natación podrán extender su funcionamiento a los fines de semana, con capacidad del 50%. (Ya lo hacían entre semana). Se deben respetar los horarios de restricción.
3. Las medidas migratorias de cierre de fronteras se amplian hasta el 30 de junio.
4. Salones de eventos podrán operar con un máximo de 30 personas, incluyendo asistentes, trabajadores y encargados.
5. Los museos podrán abrir de lunes a viernes, con horarios entre 5 de la mañana a 10 de la noche, con la capacidad a la mitad.
6. Se habilita el transporte especial de turismo con restricciones y medidas especiales establecidas por el Consejo de Transporte Público.

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También permanece la prohibición de abrir parques, ferias, fiestas comunales, eventos masivos y el Parque Diversiones.
Salud informó que se reforzarán todos los controles para que se cumplan las medidas y restricciones.
Se mantiene la restricción vehícular con sus horarios como en las últimas semanas.
- Restricción diurna
Lunes a viernes: 5:00 a.m. a 10:00 p.m., salvo lista de excepciones, no circulan:
Lunes: 1 y 2
Martes: 3 y 4
Miércoles: 5 y 6
Jueves: 7 y 8
Viernes: 9 y 0
Sábado y domingo: 5:00 am a 7:00 pm, únicamente para trasladarse a establecimientos habilitados por el Ministerio de Salud. Salvo lista de excepciones, no circulan:
Sábado: 0, 2, 4, 6 y 8
Domingo: 1, 3, 5, 7 y 9
Se mantiene excepción de restricción vehicular a hoteles habilitados por el Ministerio de Salud, con el comprobante o reservación respectiva.
- Restricción vehicular nocturna
Lunes a viernes de 10:00 p.m. a 5:00 a.m. restricción total, salvo lista de excepciones.
Sábado y domingo de 7:00 pm a 5:00 a.m. restricción total, salvo lista de excepciones.