Magistrados declaran sin lugar recurso de madre de estudiante investigado por amenazas
La Sala Constitucional declaró sin lugar un recurso de amparo interpuesto por la madre de un estudiante del Colegio de San Luis Gonzaga de Cartago, quien es sospechoso de difundir en Internet amenazas de un tiroteo contra el centro educativo.
La madre alegó que se ha violentado el derecho a la continuidad académica pues el colegial fue sancionado primero con 10 días de suspensión y después con 30. Por el momento, el menor sigue sin poder regresar a lecciones.
Argumentó que no existen pruebas suficientes para inculpar a su hijo pero ya fue sancionado en sede administrativa, a pesar de que en la vía judicial no se ha probado que sea responsable de los hechos.
En el recurso, la tutora afirmó que su hijo fue expuesto a medios de comunicación colectiva, lo que supone una violación a su imagen, ya que circula su fotografía en redes sociales y varios medios han realizado tomas externas de su hogar.
Consideró que las autoridades del San Luis Gonzaga no tomaron las medidas correspondientes para resguardar la confidencialidad del expediente, poniendo, incluso, en riesgo la integridad del menor de edad.
La Fiscalía Penal Juvenil investiga al joven como sospechoso de los delitos de intimidación pública y apología del delito.
Respuesta del colegio
En su derecho de descargo ante la Sala, el director del Colegio, Franklin Solano, rechazó los puntos expuestos por la madre del muchacho.
Según la resolución, de la cual Noticias Columbia tiene copia, Solano explicó el debido proceso que seguido en el caso que incluyó audiencia para el menor y su familia.
También se documentó cada etapa y citó la participación de estudiantes en calidad de testigos. Los menores fueron acompañados por sus tutores.
Solano aseguró que la madre y el muchacho han sido informados de cada decisión y se les ha dado respuesta a sus inquietudes.
El director negó que se cortara la continuidad académica pues los docentes del alumno se organizaron para brindarle la información necesaria para que continúe con su proceso educativo.
Ejemplo de ello, es la carta dirigida con fechada 20 de mayo de 2019, en donde se le hace llegar (a la madre) la documentación por parte de los profesores del alumno, para el seguimiento del proceso educativo, recibido por la propia madre de familia, expresó Solano.
Dijo que se le brindó el correo institucional para que se comunicara con los docentes para aclarar cualquier duda, ejemplo de ello, el 24 de mayo la madre de familia, a petición de su hijo, le envió un correo al docente de matemática para aclarar una duda sobre el material entregado.
El director aseguró que el Colegio no dio a conocer ni la identidad ni la imagen del menor a medios de comunicación o a terceros. Recalcó que la familia, voluntariamente, accedió a dar entrevistas por ejemplo a Noticias Columbia.
Solano manifestó que el expediente se maneja de manera confidencial, segura y responsable. Externó que se ha tenido el cuidado de guardar los datos y nombres en relación con este caso.
«Nunca se ha puesto a disposición de terceras personas el respectivo expediente del estudiante», añadió.
El director aseveró que la madre de familia no ha cuidado la integridad de su hijo al llevarlo a la institución y acercarlo a algunos estudiantes sin medir reacciones y consecuencias, a pesar de estar suspendido de la institución. Asegura que ella lo ha reconocido en presencia de varios funcionarios del colegio.
«Así mismo, la señora le ha facilitado su teléfono celular para que el joven siga en contacto con varios conocidos del colegio, manteniendo conversaciones relacionadas con el tema según se ha podido observar», se menciona en el documento.
El Colegio agrega que como complemento al apoyo que se le ha brindado al estudiante se emitió una referencia dirigida al Servicio de Psicología del Hospital Max Peralta de Cartago, carta que fue entregada a la madre del estudiante
El Servicio de Psicología del centro médico dio una respuesta positiva para la atención del estudiante.
Argumentos de la Sala
Al rechazar el recurso de la madre, los magistrados consideraron como «hechos no probados» que el Colegio de San Luis Gonzaga haya hecho público el nombre o la fotografía del estudiante amparado y que haya puesto a disposición de terceras personas el expediente.
Como hechos probados, consideraron el proceso administrativo que sigue el colegio por el caso y que el muchacho se mantiene estudiando desde su casa con apoyo de los docentes.
Consideran que el Colegio no ha actuado en contra de las obligaciones de confidencialidad, privacidad, reserva de la identidad y derecho a la imagen del menor. También se acreditó que familiares del alumno dieron entrevistas a medios de comunicación.
La Sala, entre otros elementos, explicó que es posible que se impongan sanciones administrativas aunque haya pendiente de resolución un proceso judicial.
«En mérito de las anteriores consideraciones, al observarse que con los hechos denunciados no se han dado vulneraciones a normas o principios constitucionales en perjuicio del amparado, lo procedente es declarar sin lugar el recurso en todos sus extremos, como en efecto se ordena», concluye el por tanto.